El Consejo Consultivo del Principado de Asturias es el superior órgano de consulta de la Comunidad Autónoma, con preeminencia sobre cualquier otro del mismo carácter. Es un órgano de naturaleza jurídica estatutaria, configurado como “órgano auxiliar” del Principado de Asturias en el título II bis, artículo 35 quáter, del Estatuto de Autonomía.

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