El artículo 15 de la Ley del Principado de Asturias 1/2004, de 21 de octubre, del Consejo Consultivo,
dispone que el Consejo publicará anualmente una memoria expresiva de sus actividades durante el ejercicio inmediatamente
anterior, con los dictámenes emitidos y las observaciones que sobre el funcionamiento de la Administración Autonómica
resulten de los asuntos sometidos a su consulta, así como, en su caso, las sugerencias que estime oportunas para la mejora de la
actuación jurídico-administrativa en la Comunidad Autónoma.
La memoria del Consejo se eleva, dentro del primer trimestre del año siguiente al que se refiera, a la Junta General
del Principado de Asturias y al Consejo de Gobierno.