Dictámenes. Año 2009
Dictámenes emitidos en febrero de 2009
9 documentos en este periodo
Dictamen 11/2009, de 12 de febreroReclamación formulada por …, por los daños y perjuicios sufridos como consecuencia de un accidente de circulación en una carretera autonómica
Ver documento
Dictamen 12/2009, de 12 de febreroReclamación formulada por …, por los daños sufridos a consecuencia de lo que califica como defectuosa asistencia prestada en un centro hospitalario público.
Ver documento
Dictamen 13/2009, de 12 de febreroReclamación formulada por …, por las lesiones sufridas como consecuencia de una caída en la vía pública.
Ver documento
Dictamen 14/2009, de 12 de febreroReclamación formulada por …, por las lesiones sufridas a consecuencia de una caída en la vía pública.
Ver documento
Dictamen 15/2009, de 19 de febreroReclamación formulada por …, por los daños sufridos en un inmueble de su propiedad como consecuencia de obras de acondicionamiento en una carretera.
Ver documento
Dictamen 16/2009, de 19 de febreroReclamación formulada por …, como consecuencia del fallecimiento de su hijo por lo que califica de inadecuada asistencia sanitaria recibida en un centro hospitalario público.
Ver documento
Dictamen 17/2009, de 19 de febreroReclamación formulada por …, por las lesiones sufridas tras una caída en la vía pública.
Ver documento
Dictamen 18/2009, de 19 de febreroReclamación formulada por …, por los daños sufridos en fincas de su propiedad como consecuencia de obras realizadas en la carretera.
Ver documento
Dictamen 19/2009, de 19 de febreroReclamación formulada por …, por los daños materiales y personales sufridos al colisionar con su vehículo contra unas piedras existentes en la calzada.
Ver documento
Salvo casos singulares, los dictámenes, tanto los preceptivos como los facultativos, se insertan en esta base desde el momento en que la autoridad consultante comunique al Consejo Consultivo la adopción o publicación de la resolución o disposición consultada. En todo caso, los dictámenes se publican una vez transcurridos tres meses (cuarenta y cinco días para los emitidos en materia de responsabilidad patrimonial) desde que se notifican al órgano consultante. La publicación se efectúa omitiendo los datos concretos sobre la procedencia y características de las consultas.